martes, 30 de agosto de 2011

Información 3 ..


Uso de las luces

El uso de las luces se hará de la siguiente forma:

 El encendido de las luces de alcance medio o baja de los vehículos será obligatorio en la zona rural, ruta, carretera, semi autopista y/o autopista, durante las 24 horas del día sin importar las condiciones climáticas reintentes.
 En las zonas urbanas y suburbanas deberá utilizarse en forma permanente la luz de alcance medio o baja en horario desde el crepúsculo hasta el alba y/o en casos de situaciones climáticas adversas desde el alba hasta el crepúsculo. En dichas zonas se utilizara la luz de largo alcance o larga para anunciar la llegada de un vehículo a una bocacalle o para adelantarse a otro y siempre en forma de destello o guiñada.
 El uso de la luz de largo alcance o larga es obligatorio en la zona rural, desde el crepúsculo hasta el alba, debiendo cambiar por la luz baja o media en el momento previo al cruce con otro vehículo que circule en sentido contrario, al aproximarse al otro vehículo que lo precede y cuando hubiera niebla.
 El uso de los faros antiniebla, solo estará permitido en los caminos y calles no pavimentadas ni mejoradas y cuando sea ampliamente justificado.
 No será permitido el uso de otras luces que las indicadas en la reglamentación de la presente ley ni modificaciones de colores que ella establezca.

Obligaciones y prohibiciones para la seguridad

Será obligatorio:

 El uso de cinturones de seguridad y cabezales en los asientos de los automotores para todos los ocupantes.
 En las motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuatriciclo motorizados, los conductores y acompañantes deberán usar cascos y en su caso, antiparras.
 Obligación de exhibir los documentos: Será obligatoria la exhibición de documentos, al solo requerimiento de la autoridad competente, identificada como tal ante el conductor. Se debe presentar la licencia de conducir y demás documentación exigible concerniente al automotor y la carga que transporte, la que debe ser devuelta inmediatamente de verificada, no pudiendo retenerse.

Está prohibido:

 Conducir vehículos automotor:
 Sin licencia de conductor.
 Con licencia vencida.
 Con licencia no habilitante para el porte de vehículo que se está conduciendo.
 Con algún impedimento psicofísico que dificulte o altere la libertad y disminuya la capacidad conductiva para el debido control sobre el vehículo.
 Utilizar durante la conducción de un vehículo, auriculares y/o sistemas de comunicación manual. Para hacerlo deberá detener el vehículo.
 Llevar animales en el asiento delantero, estos deberán ser transportados en el asiento trasero y atados con correas de modo tal que no puedan saltar al asiento delantero.
 Estacionar o detenerse en puentes y túneles por cuestiones de seguridad.
 Aumentar la velocidad cuando otro vehículo ha iniciado la maniobra de adelantamiento, ya que constituye una infracción grave con la seguridad de las personas.

Corresponde disponer la detención de los vehículos en los siguientes casos:

 Por negarse el conductor  a exhibir los documentos, labrándose acta de infracción y hasta que se normalice la situación.
 Por circular vehículos automotores sin chapas de identificación.
 Por no encontrarse el vehículo en prefectas condiciones de seguridad.
 Por orden del tribunal competente.
 Por expresa disposición de la autoridad de transito en razón del orden y la seguridad pública establecida.
 Por no poseer un comprobante con cobertura vigente que acredite un seguro de responsabilidad civil hacia terceros.
 Cuando, tratándose de un vehículo del servicio del transporte o maquinaria especial, no cumpla las condiciones requeridas para cada tipo de vehículo o su conductor no lleve la documentación prevista.
 Cuando el número de ocupantes supere la cantidad prescripta.
 Cuando los vehículos estén excedidos en peso o infracción a las reglas sobre transporte de cargas o cargas peligrosas.
 Cuando lo vehículos fueran conducidas por no habilitados, o personas que no cuentan con licencia s de conducir.
 Cuando se hubieren polarizado y /o ennegrecidos los vidrios, de modo tal que restrinjan la visón desde o hacia el interior del vehículo. Ni pueden modificarse las tonalidades originales de fábrica.
 Cuando un conductor se encuentre bajo efectos de embriagues o bajo la acción de estupefacientes, o cuando con posterioridad a la emisión de la licencia en periodo de habilitación haya tenido problemas agudos de salud que le impidan conducir


martes, 23 de agosto de 2011

Información 2 ..


Los accidentes de tránsito son de alto grado prevenibles y evitables.

El consumo de alcohol y el incumplimiento de las normas especialmente el exceso de velocidad, figuran entre las primeras causas de los accidentes viales.
El alcohol en la conducción es una de las principales causas de muerte en la vía pública, ya que aunque muchas personas no lo noten, un solo vaso de vino, cerveza, etc.  Disminuye la capacidad de conducción por lo que se aconseja nada de alcohol al conducir. No obstante la ley de transito establece un límite máximo tolerado de alcohol en sangre para conducir vehículos de 500 miligramos por litro. Para quienes conduzcan motocicleta, ciclomotores 200 miligramos y para vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga queda prohibido el consumo.

Luego de consumir alcohol, no conduzca:

 Los movimientos son menos precisos.
 Disminuye los reflejos.
 Aumenta el tiempo de reacción.
 Se calcula mal la distancia.
 Disminuye el campo visual.
 Se pierde sentido del equilibrio.
 Aumenta la fatiga.

Todo esto genera una alta probabilidad de accidente y pone en riesgo la vida propia y de terceros.
Por lo tanto es una de las infracciones más severamente castigadas.

Requisitos para conducir

Para conducir vehículos por la vía pública el conductor debe:

 Tener como mínimo 17 años de edad para poder solicitar la licencia de conducir y ser reconocido capaz por el derecho civil.
 Ser titular de solo una licencia que lo habilite para conducir el tipo de automotor con el que circula, la que será expedida por la autoridad competente de su domicilio. La licencia tiene validez máxima de cinco años, lapso que disminuirá con la mayor  edad del titular, debiendo en cada renovación aprobar el examen psicofísico.

El conductor (Condiciones para conducir)

Los conductores deben:

 En la vía pública, circular con cuidado y prevención, conservando en todo momento dominio efectivo del vehículo, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito. Cualquier maniobra debe advertirse previamente, realizarse con precaución, y  efectuarse siempre que no  cree riesgos al tránsito ni afecte la fluidez del mismo.
 Utilizar únicamente la calzada sobre la derecha y en el sentido señalizado respetando las vías o carriles exclusivos y los horarios de transito establecidos.

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martes, 16 de agosto de 2011

Información 1 ..

Gifs Animados de Autos - Imagenes Animadas de Autos y Carros 
Vías públicas reguladas por semáforos


Los vehículos deben:

 Con la luz verde a su frente, avanzar.
 Con la luz roja detenerse antes de la senda peatonal marcada a tal efecto, o de la línea imaginaria que la delimita evitando luego de cualquier movimiento.
 Con la luz amarilla detenerse, salvo que dicha señal se encienda cuando el vehículo esta traspasando le senda peatonal o ha superado la línea marcada a tal efecto en la esquina.
 Con la luz amarilla intermitente, circular con precaución, respetando las prioridades de los peatones.
 Con la luz roja intermitente se advierte la presencia de un cruce peligroso, detener la marcha y solo reiniciarla y solo reiniciarla cuando se observa que no exista riesgo alguno.
 La velocidad máxima permitida es la señalizada para la sucesión coordinada de las luces verdes sobre la misma vía, respetando las velocidades máximas para cada tipo de arteria.
 Debe permitirse finalizar el cruce iniciando por otro vehículo o peatón y no comenzar el propio aun con luz verde habilitante.
 En las vías de doble mano, aun con más de un carril por mano está prohibido el giro a la izquierda, salvo señal que lo permita.

Vías multicarriles

En las vías con dos o más carriles de circulación el transito debe ajustarse a lo siguiente:

 Se debe advertir anticipadamente con la luz de giro correspondiente la intención de cambiar de carril.
 Ningún conductor debe estorbar la fluidez del tránsito, circulando a menor velocidad que la determinada para el carril que transita.

Autopista y semiautopistas

En las autopistas y semiautopistas, además de lo establecido para las vías multicarriles, rigen las siguientes reglas:

 No pueden circular peatones, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos motorizados, bicicletas, maquinaria especial o todo tipo de vehículo que desarrolle velocidades inferiores a 50 kilómetros por hora.
 Los vehículos que sufran desperfectos mecánicos tendrán como prioridad advertir, con balizas, las circunstancias a los demás conductores, procurando desplazar su vehículo fuera de la calzada; ambas acciones deben realizarse.

Formas de estacionamiento

Para estacionar en la vía pública rigen  las siguientes disposiciones:

 En las vías públicas pavimentadas o mejoradas fuera de las zonas urbanas, queda prohibido el estacionamiento de vehículos en calzadas o banquinas, debiendo hacerse en la zona adyacente de una sola mano.
 En todas las vías públicas es estacionamiento deberá hacerse exclusivamente sobre la derecha, salvo señalización de lo contrario.
 En calles doble mano está prohibido estacionar, salvo señal  que lo permita.
 Antes de una bocacalle, no debe estacionarse a menos  de 5 metros de la línea de edificación transversal. No debe estacionarse frente a las puertas de garajes o a menos de 10 metros de cada lado de las paradas señalizadas para el ascenso y descenso de pasajeros del transporte público, hospitales, escuelas.
 En una bocacalle con pendiente, se debe estacionar colocando el freno de mano y las ruedas delanteras o traseras, según la pendiente, en ángulo con el cordón de la vereda.
 Queda prohibido con maniobra de estacionamiento empujar a los vehículos que se encuentran ya estacionados junto a la acera, debiendo guardarse como distancia entre vehículo un espacio no inferior a 30 centímetros.

Estacionar en Ángulo

El estacionamiento en ángulo se utiliza a menudo en playas de estacionamiento, centros comerciales, etc. Cuando decida estacionar en ángulo:

 Vigile el tráfico delante y detrás del automóvil.
 Señalice y empiece a reducir la velocidad.
 Asegúrese que la parte posterior de su automóvil pasará sin problemas los automóviles ya estacionados.
 Gire el volante hasta el máximo para entrar en el lugar y luego enderece las ruedas, centrando el automóvil en el espacio.
 Coloque la palanca de cambios en la posición de marcha atrás y aplique el freno de mano.
 Antes de salir retrocediendo de un estacionamiento en ángulo:
 Camine alrededor de la parte trasera del automóvil para asegurar que no haya obstáculos en el camino.
 Retroceda despacio, porque es difícil ver si viene tráfico.
 Asegúrese que no haya tráfico en el carril al que retrocede.
 Cuando pueda ver detrás de la parte superior de los automóviles estacionados al lado del suyo, deténgase y vuelva a observar si hay tráfico. Mire hacia atrás y a ambos lados para ver si hay otros conductores.
 Recuerde que la parte delantera del automóvil girará en sentido contrario del giro de la parte posterior.
 Retroceda despacio mientras gira hasta que la rueda delantera izquierda pase el paragolpes trasero del automóvil estacionado a su izquierda.
 Enderece las ruedas cuando su automóvil se comienza a incorporar en el carril de tráfico.

Estacionar en Paralelo

Este es el método más común para estacionar en las calles de las ciudades. Para los nuevos conductores, también es el método que requiere mayor práctica.

Cuanto más lento se aproxime a la zona de estacionamiento, más fácil le resultará estacionar el automóvil.

 Encuentre un espacio que sea lo suficientemente grande para que entre su automóvil.
 Señalice que va a parar. Coloque el automóvil en paralelo al automóvil situado delante del espacio, a una distancia de entre sesenta (60) y ciento veinte (120) centímetros de éste.
 
 Empiece a retroceder despacio durante unos sesenta (60) centímetros. A continuación, gire el volante todo a la derecha. Recuerde, cuando retrocede y gire, la parte delantera del automóvil se desplazará en el sentido contrario.


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sábado, 13 de agosto de 2011

Curso Virtual de e-learning de Educación Vial para Docentes


A partir de un Convenio de Colaboración entre el Instituto de Seguridad y Educación Vial (ISEV) y el Portal Educ.ar dependiente del Ministerio de Educación de la Nación, se ha logrado ofrecer a todos docentes del territorio nacional, la posibilidad de realizar en forma on line, el curso denominado “Educación para la seguridad vial: competencia social ineludible”, al que se suma ahora el nuevo Curso "Estrategias didácticas para la educación vial"
Dada la importancia que la Educación para la Seguridad adquiere en estos tiempos y en respuesta a los muchos pedidos de docentes por capacitarse en esta temática, durante el mes de Noviembre hemos lanzado el primer Curso Virtual de e-learning de Educación Vial para Docentes a través del Portal Educativo del Estado Argentino (EDUC.AR) y gracias al acompañamiento de Protección Mutual de Seguros del Transporte Público Automotor.

CURSO 1: "Educación para la Seguridad Vial: una competencia social ineludible"
Este curso está orientado a todos aquellos docentes interesados en abordar la educación para la seguridad vial en el aula como un medio de despertar en los alumnos el deseo de desarrollar conductas seguras en la vía pública, pautas de autocuidado y preservación del medio ambiente, a través de una reflexión crítica sobre la movilidad actual. A través del mismo, intentaremos entender los alcances que para la humanidad implica el siniestro de tránsito y, a partir de esa comprensión, abordar en futuras intervenciones, específicos conocimientos y procedimientos que ayuden a desarrollar las destrezas adecuadas para prevenirlos.
Inscribite en el Portal de Educar haciendo click aquí.Conocé como es el Curso  haciendo click aquí.
CURSO 2: "Estrategias didácticas para la educación vial"
A lo largo del curso se acerca a los docentes una metodología que les permitirá trabajar la seguridad vial con un carácter preventivo, y se brindarán –a partir de los contenidos y de las propuestas didácticas– diversas herramientas para la enseñanza y el aprendizaje de los temas vinculados con la seguridad vial en la etapa infantil.

domingo, 7 de agosto de 2011

Semáforos

Significado de las luces del semáforo y su equivalencia con la señal manual del Agente de Tránsito.