¿Cuáles son los límites de velocidad para circular?
El conductor debe circular siempre a una velocidad tal que, teniendo en cuenta su salud, el estado del vehículo y su carga, la visibilidad existente, las condiciones de la vía y el tiempo y densidad del tránsito, tenga siempre el total dominio de su vehículo y no entorpezca la circulación. De no ser así deberá abandonar la vía o detener la marcha.
Los límites máximos de velocidad son:
En zona urbana
• En calles: 40 km/h.
• En avenidas: 60 km/h.
• En vías con semaforización coordinada y sólo para motocicletas y automóviles: la velocidad de coordinación de los semáforos.
En zona rural
• Para motocicletas, automóviles y camionetas: 110 km/h.
• Para microbús, ómnibus y casas rodantes motorizadas: 90 km/h.
• Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 80 km/h.
• Para transportes de sustancias peligrosas: 80 km/h.
En semiautopistas
Los mismos límites que en zona rural para los distintos tipos de vehículos, salvo el de 120 km/h para motocicletas y automóviles.
En autopistas
Los mismos límites que en zona rural, salvo para motocicletas y automóviles que podrán llegar hasta 130 km/h y los del punto 2 que tendrán el máximo de 100 km/h.
Límites máximos especiales
• En las encrucijadas urbanas sin semáforo: la velocidad precautoria, nunca superior a 30 km/h.
• En los pasos a nivel sin barrera ni semáforos: la velocidad precautoria no superior a 20 km/h y después de asegurarse el conductor que no viene un tren.
• En proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas: velocidad precautoria no mayor a 20 km/h, durante su funcionamiento.
• En rutas que atraviesen zonas urbanas, 60 km/h, salvo señalización en contrario.
Límites especiales de velocidad
Se respetarán además los siguientes límites:
• Mínimos: en zona urbana y autopistas: la mitad del máximo fijado para cada tipo de vía. En caminos y semiautopistas: 40 km/h, salvo los vehículos que deban portar permisos, y las maquinarias especiales.
• Señalizados: los que establezca la autoridad del tránsito en los sectores del camino en los que así lo aconseje la seguridad y fluidez de la circulación.
• Promocionales: para promover el ahorro de combustible y una mayor ocupación de automóviles, se podrá aumentar el límite máximo del carril izquierdo de una autopista para tales fines.
Muy Bien
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